Importancia y Adecuado Manejo de los: Exámenes Ocupacionales de Egreso

Exámenes Ocupacionales (Ampliar aquí)

Los Exámenes de Egreso se debe realizar cuando se termina la relación laboral y es una evaluación de cierre ocupacional, que debe permitir evaluar y conocer las condiciones de salud del trabajador y establecer la existencia o no de un daño a la salud asociada a las tareas definidas en el trabajo habitual, o una condición que impida su desempeño.

“Es esencial que estos exámenes se manejen con un estricto enfoque ocupacional, pero debe tenerse en cuenta que en la evaluación, no es posible que el médico desconozca la existencia de patologías incapacitantes, que requieran recibir tratamiento o un procedimiento y que le afecte al trabajador en el desempeño de su trabajo habitual. En estos casos, se debe suspender el proceso de terminación del contrato y esperar a que su supere la condición adversa de salud”

La realización de estos exámenes es una obligación legal, de acuerdo con las siguientes normas:

  1. Artículo 57 del Código Sustantivo de Trabajo, 7. Dar al trabajador que lo solicite, orden para hacerle practicar un examen de retiro. Actualmente se le debe dar la orden del examen y si es un trabajador que ha presentado problemas de salud, es necesario que se lo haga, para cerrar el ciclo laboral, de lo contrario, tendría 3 años para reclamar por situaciones de salud.
  2. Resolución 2346 de 2007, sobre evaluaciones médicas ocupacionales (EMO), y en su Artículo 6° establece: Son aquellas que se deben realizar al trabajador cuando se termina la relación laboral. Su objetivo es valorar y registrar las condiciones de salud en las que el trabajador se retira de las tareas o funciones asignadas.

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¿Cuáles son las dificultades asociadas a la realización de los Exámenes de Egreso?

Al dar por terminado el contrato de trabajo, muchos de estos trabajadores aducen que su condición de salud está comprometida y pretenden influenciar al médico evaluador y demostrar este menoscabo a su salud ante un Juez en una Acción de Tutela y para estos casos los conceptos emitidos, muchas veces se constituyen en la herramienta que esgrimen los trabajadores como prueba de su condición de debilidad manifiesta y que su salida de la Empresa es equivalente a dejarlo desprotegido en sus condiciones básicas de salud e ingreso. En un porcentaje muy alto, los jueces aceptan estas tutelas, ante la falta de argumentos sólidos de la Empresa para desvirtuarlos o cuando el examen no establece con claridad la condición de salud frente al trabajo habitual.

Es esencial que estos exámenes se manejen con un estricto enfoque ocupacional, pero debe tenerse en cuenta que en la evaluación, no es posible que el médico desconozca la existencia de patologías incapacitantes, que requieran recibir tratamiento o un procedimiento y que le afecte al trabajador en el desempeño de su trabajo habitual. En estos casos, se debe suspender el proceso de terminación del contrato y esperar a que su supere la condición adversa de salud.

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Tips y Recomendaciones para tener en cuenta al momento de solicitar un Examen de Egreso:

Cuando el caso sea el de un trabajador con patologías conocidas por las Empresas o con  condiciones de salud en seguimiento como caso médico, en los cuales hay discrepancias en lo que manifiesta el trabajador y lo establecido por las entidades de la seguridad social o la Empresa, este examen de egreso no puede manejarse como un examen cualquiera y lo primero, es definir en la institución con la cual tengan contratado la realización de estos EMO, que sea atendido por un Médico Laboral, que eventualmente esté en capacidad de revisar la Historia Clínica y definir su verdadera condición. Adicionalmente, hay otras acciones que pueden tomarse:

  1. Lo primero es tener total certeza que si existía una condición adversa de salud, ha sido superada y puede desarrollar o ha estado desarrollando las tareas de su trabajo habitual.
  2. Si la Empresa decide dar por terminado la relación laboral con un trabajador que ha estado incapacitado o que se incapacita frecuentemente, deje pasar siquiera un mes de la última incapacidad y en este lapso de tiempo podrá definir su estado de salud, haciéndole un examen de control periódico para una valoración ocupacional, teniendo en cuenta que requiere valorar de manera objetiva su condición de salud o el nivel de afectación, revisar su historia clínica y si le afecta el desempeño de su trabajo habitual, ya que esto es esencial. Si no puede trabajar o realmente está enfermo, no es conveniente que termine el contrato de trabajo en ese momento.
  3. Si el examen no evidencia que este enfermo, requiera tratamiento o tenga restricciones para su trabajo habitual, envíelo al examen de egreso.
  4. Si no hizo esto y en el egreso aparece una condición de salud que le afecte el desempeño de su trabajo habitual, no espere a que un juez se lo reintegre a la Empresa, hágalo usted, con el acompañamiento de su abogado.
Legislación Laboral y SG-SST

Temática: Aspectos Médico-Legales y de Seguridad y Salud en el Trabajo aplicables a

  • Elaboración de Perfiles de Cargo.
  • Valoración durante el proceso de Selección de Proveedores y Contratistas.
  • Inspección y mantenimiento de Equipos y Lugares de Trabajo.
  • Buenas prácticas para hacer compatible el Trabajo en Equipo con grandes empresas contratantes y contratistas, a partir de la Expedición de la Resolución 312 y recientes sentencias de la Corte Suprema de Justicia
  • Novedades en la Afiliación a la Seguridad Social.
  • Alcance del Deber de Supervisión a cargo del empleador y del Contratante.

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