PROFESIOGRAMAS en Evaluación Medica Ocupacional

Definición

El profesiograma es un documento técnico – administrativo que organiza un puesto de trabajo desde los puntos de vista: el de Gestión del Talento Humano, SST y Medicina Preventiva, en donde se resumen las aptitudes y capacidades que cumplen los trabajadores. Permite establecer dos aspectos:

  • Las medidas de control en función de los riesgos a los cuales está expuesto por su cargo.
  • El tipo y la periodicidad de evaluaciones médicas ocpacionales que se le deben realizar al trabajador que ocupa un determinado cargo.

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Beneficios de Implementar los Profesiogramas

  • Definir los criterios para una adecuada contratación.
  • Permitir que las personas contratadas no se vean afectadas en sus condiciones de salud, por los riesgos del cargo.
  • Sirven como herramienta preventiva para disminuir accidentalidad y enfermedad laboral.
  • Cuidado del estado de Salud.
  • Cumplir con la normativa legal.

¿Quien elabora un Profesiograma?

En la elaboración del profesiograma intervienen básicamente tres ámbitos de la organización: la gerencia de talento humano, el funcionario responsable de seguridad y salud en el trabajo, y el médico de la empresa.

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Aspectos Legales

El artículo 7 de la Resolución 2346 de 2007 establece los requisito para realizar los exámenes médicos ocupacionales, aun no establece específicamente el término profesiograma, es en este documento donde el médico especialista resumen las condiciones de la labor del empleado y especifica los exámenes que deben realizarse.

Así mismo, en el Artículo 2.2.4.6.24, señala que algunas de las medidas de prevención y control que se deben llevar a cabo incluyen: “desarrollar acciones de vigilancia de la salud de los trabajadores mediante las evaluaciones médicas de ingreso, periódicas, retiro y los programas de vigilancia epidemiológica, con el propósito de identificar precozmente efectos hacia la salud derivados de los ambientes de trabajo y evaluar la eficacia de las medidas de prevención y control”.

GATISO: Resolución 2844 de 2007 y Resolución 1013 de 2008

Decreto 1447 de 2014

Elaboración del Profesiograma

  1. Se elabora un diagnóstico inicial a partir de los exámenes médicos, la matriz de riesgos y peligros, el manual de funciones y perfiles y los resultados de la investigación de incidentes y accidentes laborales. Se toman en cuenta también otras fuentes de información adicionales como datos estadísticos y la información que proporciona el personal.
  2. Los riesgos para cada puesto de trabajo y del perfil laboral de quien esté en condiciones de asumirlos.
  3. Estructuración del profesiograma: Durante la estructuración se le da la forma inicial al profesiograma, el cual debe ser una descripción objetiva de las características del puesto de trabajo y de los requerimientos que debe cumplir quien lo ocupe. Los elementos de la descripción deben ser precisos, concisos, concretos y medibles.
  4. Componentes: Denominación del cargo o puesto de trabajo, Objetivo del cargo, Funciones inherentes al cargo, Formación exigida por el cargo, Requerimientos físicos y psicosociales, Condiciones de salud (tipo de exámenes médicos requeridos)
  5. Ejecución y revisión del profesiograma
  6. Procesos de ajuste y consolidación.
  7. Socialización.
  8. Revisiones periódicas.
Legislación Laboral y SG-SST

Temática: Aspectos Médico-Legales y de Seguridad y Salud en el Trabajo aplicables a

  • Elaboración de Perfiles de Cargo.
  • Valoración durante el proceso de Selección de Proveedores y Contratistas.
  • Inspección y mantenimiento de Equipos y Lugares de Trabajo.
  • Buenas prácticas para hacer compatible el Trabajo en Equipo con grandes empresas contratantes y contratistas, a partir de la Expedición de la Resolución 312 y recientes sentencias de la Corte Suprema de Justicia
  • Novedades en la Afiliación a la Seguridad Social.
  • Alcance del Deber de Supervisión a cargo del empleador y del Contratante.

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