Ley de Financiamiento Impactos- Acciones

Ley de Financiamiento – Acciones 

1- Reducción del impuesto de renta y eliminación gradual de la  renta presuntiva:

Tendrá un impacto positivo en rentabilidad de las compañías y la inversión privada; más aún si se tiene en cuenta que desde la reforma tributaria de 2016 se ha venido haciendo un esfuerzo por disminuir la carga a las empresas reduciendo la tasa impositiva (renta+sobretasa) desde el  40%  al 33%. Así, no sólo seguiría bajando la tasa nominal, sino que, dadas las deducciones de ICA, GMF e IVA de bienes de capital, también lo haría la tasa efectiva de tributación. No obstante, la incertidumbre tributaria que se genera ante los constantes cambios en la regulación hace que ésta recaiga sobre los supuestos de largo plazo para los modelos de valoración y por lo tanto, en la confianza de los inversionistas en las estimaciones de valor para el mercado de acciones.

A  manera  de  ejercicio,  a  continuación  presentamos  el  impacto  en  nuestros Precios Objetivo de una reducción de 1% en la tasa efectiva de impuestos:

2- Sobretasa de impuesto de renta al  sector financiero:

Consideramos que esta medida tendrá un impacto negativo en el mercado, pues mitiga el beneficio de la reducción gradual del impuesto de renta en el COLCAP, dado que el sector financiero representa el 45.8% de éste. Si bien en valor absoluto no habría un incremento para el sector en la tasa impositiva frente a 2018, sí se dejará de percibir un beneficio que, en el caso de los bancos que hacen parte del índice representa entre 60 y 120 pbs de ROE durante los años de la vigencia del impuesto. Vale la pena destacar que del índice COLCAP se verían impactadas con esta medida Bancolombia, Banco de Bogotá, Corficolombiana, Davivienda, Grupo Sura, Grupo Aval y la BVC.

3- Retención en la fuente sobre dividendos:

Este era uno de los aspectos de mayor preocupación dado que en la propuesta inicial se contemplaba un impuesto a los dividendos recibidos de sociedades nacionales, no obstante, la versión aprobada contempla una tarifa de 7.5% a título de retención en la fuente trasladable a la persona natural; y en el caso de los dividendos que se distribuyan dentro de grupos empresariales o a CHC por sus subordinadas no estarán sujetos a dicha retención.

4- Inversión en acciones no será deducible del impuesto al patrimonio:

Contrario a reformas anteriores, en esta oportunidad no se crea ningún beneficio tributario, porel contrario se incrementó el impuesto sobre los dividendos para personas naturales a una tarifa del 15% para montos superiores a COP 10.2 mm.

5- Impuesto a venta de bienes inmuebles:

El impuesto del 2% a las ventas de bienes  inmuebles podría impactar la rentabilidad de los Fondos Inmobiliarios dada su constante actividad en ventas y adquisiciones de inmuebles.

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