LA FACTURA ELECTRÓNICA PODRÁ NEGOCIARSE FINANCIERAMENTE COMO UN TÍTULO DE VALOR

La conversión a título valor es una ventaja más que se añade a las cualidades generales de la facturación electrónica. Ayudará a mejorar el financiamiento, la actividad comercial y el acceso a liquidez por parte de las empresas que interactúen con título valor.

En un futuro no muy lejano, la factura electrónica podrá negociarse financieramente como un título de valor. Esta nueva funcionalidad permitirá utilizarla en operaciones de factoring, negociación, compra, descuento, etc., y convertirla en un instrumento financiero de gran utilidad para las empresas.

El gobierno colombiano tiene previsto publicar próximamente la normativa que establezca un operador para desarrollar la plataforma REFEL – Sistema de Registro de Facturación Electrónica- para la transformación de la factura electrónica en título valor.

Colombia, lleva años trabajando en otorgar la reglamentación a la factura electrónica y en su regulación como título valor. El primer paso fue la aprobación del Decreto 2242 de 2015, en el cual se regula las acciones de la factura electrónica con el fin de supervisar las transacciones y facilitar su expansión en el mercado colombiano.

Por su parte, la publicación del Decreto 1349 establecía el mecanismo para la circulación de la factura electrónica como título valor. Actualmente, se espera que Colombia publique la normativa que regule el desarrollo de la plataforma REFEL para la transformación de la factura electrónica en título valor.

Aunque la factura electrónica está formalizada como documento tributario en el país, todavía no puede ser utilizada como título valor por no tener establecido un operador para el REFEL. El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, MinCIT, no ha definido todavía una transición estructurada para la aprobación de la factura electrónica como título valor. En principio, no se ha establecido este modelo por no conocerse cuál será el operador del Sistema de Registro de Facturación Electrónica (REFEL).

La factura electrónica está formalizada como documento tributario en el país a pesar de tener restricciones para emplearla como título valor. La definición de la plataforma es imprescindible para poder validar la factura electrónica como título valor, por esta razón, es necesaria la implantación del operador que permita interoperar a los usuarios sin obstáculos.

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¿Qué es el Título Valor?

Una factura electrónica como título valor, es aquella e-factura que ha sido aceptada tácita o expresamente por el adquiriente y que puede ser puesta en circulación para su uso en operaciones de factoring, negociación, compra, descuento, etc.

Para que la factura electrónica sea considerada título valor es necesario que el receptor la acepte en su forma electrónica de generación la factura. Dicho receptor, debe tener la capacidad tecnológica para poder recibir y confirmar el recibo de la misma. Además, la factura electrónica tiene que estar registrada en la plataforma tecnológica de e-facturas administrado por el MinCIT para que validación como título valor tenga efecto real.

La conversión a título valor es una ventaja más que se añade a las cualidades generales de la facturación electrónica, principalmente, la conversión a título valor ayuda a mejorar el financiamiento, la actividad comercial y el acceso a liquidez por parte de las empresas que interactúen con título valor.

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