Prevención de Accidentes Laborales: Beneficio Empresarial
En los últimos años Colombia ha tenido una evolución muy positiva del Sistema General de Riesgos Laborales (SGRL). El proceso de implementación del Sistema en las empresas es prueba de ello y acerca al país a los estándares internacionales en esta materia.
Una buena gestión en la prevención de riesgos es uno de los asuntos que deben asumirse con más seriedad por parte de los empleadores, lo que significa evitar, minimizar o anular las causas de los accidentes y de las enfermedades laborales que puedan ocurrir en las empresas.
Para adelantar la gestión del sistema y el cumplimiento de los estándares mínimos, cada organización debe identificar claramente sus prioridades en SST y autoevaluarse con el fin de conocer el grado de avance frente a los criterios básicos del SG-SST (según el Decreto 1072 de 2015 y la resolución 1111 de 2017), de manera que pueda establecer unos planes de mejoramiento y trabajo anual que le permitan alcanzar los objetivos del Sistema.
Con respecto a sus contratistas, deberá garantizar que haya un proceso de selección que incluya el acatamiento del SG-SST y un seguimiento y verificación de su gestión en SST.
Por: Karloc Contreras
Director de Líneas de Capital Humano de AXA COLPATRIA
Así mismo, cada empresa debe generar el tratamiento necesario para la prevención de los diferentes riesgos a los que están expuestos sus trabajadores, considerando los beneficios en cuanto a bienestar, productividad y cumplimiento normativa.
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Estas situaciones impactan significativamente la productividad de las empresas y la salud de los trabajadores, por la tanto se deben implementar acciones preventivas y correctivas que disminuyan la probabilidad de ocurrencia y si se llegasen a materializar, que su consecuencia sea menor. Los riesgos importantes a considerar como causas más frecuentes de accidentalidad son:
Caídas por trabajo en alturas
Trabajar en alturas está considerado como tarea de alto riesgo; así lo establece la Resolución 1409 de 2012, teniendo en cuenta las estadísticas nacionales que las catalogan como una las primeras causas de accidentes laborales y de mortalidad.
La resolución 1409 establece que “se entenderá que el reglamento de seguridad para la protección contra caídas en trabajo en alturas es de obligatoriedad en todo trabajo en el que exista el riesgo de caer a 1,50 mts o más sobre un nivel inferior”.
Es por eso, que todo empleador que realice este tipo de tareas debe garantizar la realización de las evaluaciones médicas ocupacionales, incluir dentro del SG-SST el programa de protección contra caídas, garantizar que los sistemas y equipos de protección cumplan con los requerimientos e inspeccionarlos por lo menos una vez al año, contar con un coordinador de trabajo en alturas, brindar capacitación antes de iniciar labores y reentrenamiento por lo menos una vez al año o ante un cambio de actividades, sin que se genere costo alguno para el trabajador.
Además, debe asegurar que exista acompañamiento permanente de una persona que esté en capacidad de activar el plan de emergencias y solicitar las pruebas que garanticen el buen funcionamiento del sistema de protección contra caídas y/o los certificados que lo avalen.
Cada organización debe identificar claramente sus prioridades en SST y autoevaluarse con el fin de conocer el grado de avance frente a los criterios básicos del SG-SST (según el Decreto 1072 de 2015 y la resolución 1111 de 2017), de manera que pueda establecer unos planes de mejoramiento y trabajo anual que le permitan alcanzar los objetivos del Sistema”
Caídas a nivel
Los resbalones, caídas a nivel y tropiezos también son considerados como principales causas de accidentes en todos los sectores económicos, desde la industria pesada hasta el trabajo administrativo.
Dentro de las normatividades más generales se cuenta con la resolución 2400 de 1979, que establece las disposiciones sobre la vivienda, higiene y seguridad industrial en los establecimientos de trabajo, y la resolución 2413 de 1979 que se refiere al reglamento de Higiene y Seguridad para la industria de la construcción, según éstas, básicamente los empleadores deben garantizar la implementación de programas de Seguridad, Orden y Limpieza, inspecciones y estándares de seguridad, investigación y análisis de incidentes y retroalimentación positiva hacia la prevención de sus causas.
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Accidentes de tránsito / Seguridad vial
La ley 1503 indica que toda empresa que para el desarrollo de sus actividades posea, fabrique, ensamble, comercialice, contrate o administre flotas de vehículos automotores o no automotores, superiores a diez unidades y contrate o administre personal de conductores, debe implementar el Plan Estratégico de Seguridad Vial (PESV). El Comité del Plan Estratégico de Seguridad Vial es el que se encarga de gestionar todos los aspectos necesarios para la puesta en marcha de este.
Asumir una cultura basada en la movilidad segura es un compromiso de todos los que nos movilizamos por las vías, en este caso, el PESV busca destacar la responsabilidad de las empresas en la capacitación y control de sus conductores, así como en el mantenimiento de sus vehículos, con el objetivo de lograr cambios significativos en materia preventiva que reduzcan las lesiones y muertes producidas por accidentes de tránsito.
Lesiones por agentes químicos
Estos elementos y sus mezclas, ya sean naturales o sintéticos, que representen riesgos para la vida o la salud, deben ser registrados con referencias a las fichas de datos de seguridad apropiadas. El registro deberá ser accesible a todos los trabajadores interesados y sus representantes. (Ley 55 de 1993, art 10).
En este sentido, es de vital importancia que en la implementación del programa de gestión de riesgo químico se incluya el inventario de las sustancias químicas utilizadas en los diferentes procesos, así como la priorización de aquellas que necesitan intervención dentro del programa de higiene industrial y en consonancia con la implementación del SG-SST.
Heridas, golpes y lesiones varias / Comportamiento y Elementos de Protección Personal (EPP)
El autocuidado, el comportamiento seguro y la correcta utilización de EPP complementan la prevención de lesiones en diversas situaciones de trabajo, razón por la cual, el empleador cobra relevancia en este aspecto, pues no sólo basta con procedimientos seguros o normas sino también es importante la capacitación adecuada, la entrega de EPP y la adopción de la seguridad como valor por parte de los trabajadores.
Garantizar condiciones seguras de trabajo, una eficaz capacitación en SST y el uso de equipos y herramientas adecuadas son parte de las obligaciones de la empresa, y son básicas para prevenir accidentes de trabajo (resolución 2400 de 1979 y decreto 1072 de 2015).
Cabe recalcar, finalmente, que el incumplimiento de la normatividad vigente puede traer multas y generar el pago de indemnizaciones por los perjuicios causados (Decreto 472 de 2015), pues todos los trabajadores tienen el derecho a un entorno seguro y saludable.